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Restauración de ríos: ¿Quién paga?

AEMS-Ríos con Vida, asociación dedicada a la conservación y restauración de los ríos, viene de mostrar su sorpresa ante dos resoluciones de Augas de Galicia (Xunta de Galicia) por las que se decretan sendas caducidades de concesiones de presas fuera de uso (o cuyo periodo de concesión ha caducado y se encuentran en mal estado), pero en las que, curiosamente, se le endosa a la comunidad autónoma la obligación de mantenerlas. Sin embargo, en la propia normativa queda muy claro que son las propias concesionarias las que deben asumir la demolición al final de la vida útil, lo que ha sido corroborado por la jurisprudencia. Según Ríos con Vida, es necesario evitar y denunciar que decenas de pequeñas presas y azudes abandonados desde hace años por sus concesionarias reciban el decreto de caducidad por Augas de Galicia, eximiendo a su propietario del pago de la obra de restauración al estado anterior a la concesión. De esta manera, se rompe un elemental principio jurídico concesional, cargando su coste a las arcas públicas. En otras palabras, se trata de privatizar beneficios y, por otra parte, socializar pérdidas y costes. La primera resolución es la del río Lambre, que ahora mismo está en una situación de degradación por culpa de la presa de Güimil, pero cuenta con una muy buena oportunidad de ser recuperado para diversas especies como el salmón, el reo, la lamprea y la anguila, entre otras. A la presa de este río, que se encuentra entre los municipios de Vilarmaior e Irixoa (A Coruña) le había caducado la concesión hace diez años. Augas de Galicia decreta ahora la caducidad, pero libera a la compañía (Naturgy) que hasta ahora lo explotó de asumir los costes de demoler esa presa. Esta resolución de Augas de Galicia viene a rechazar el recurso de alzada interpuesto por AEMS-Ríos con Vida contra la resolución del 25/01/2022 por la que se declara la extinción, por transcurso del plazo concesional, de la concesión otorgada en 1929 en el río Lambre, denominada aprovechamiento hídrico de Güimil. De esta manera, Naturgy se ahorra demoler la presa. El documento de Augas de Galicia indica que “la decisión adoptada en la resolución recurrida de reversión a la administración hidráulica y adscripción a la Comunidad Autónoma de Galicia de todas las infraestructuras, obras, terrenos y bienes afectos al aprovechamiento hidroeléctrico de Güimil está suficientemente motivada, fundamentándose en los criterios técnicos del informe del servicio encargado del organismo de cuenca, así como en el informe de la asesoría jurídica de 03/12/2021”. La otra resolución corresponde al río Mandeo. En este sentido, Augas de Galicia también desestima el recurso de alzada interpuesto por AEMS-Ríos con Vida, contra la resolución del 09/03/2022 en el que solicita que se establezca la obligación a la empresa concesionaria, Enel Green Power, de demoler las obras de la Central de la Castellana, que al igual que la presa de Güimil se encuentra en la zona protegida por la UE y declarada Reserva de la Biosfera del Mandeo, situadas en el dominio público hidráulico y todas las que constituyan la "unidad reversional"; que se establezca que Augas de Galicia proceda a la demolición de las obras en ejecución subsidiaria si la empresa no cumple con dicha obligación; y que detalle la cuantía a abonar por la empresa concesionaria al erario de la Xunta por la energía producida desde la fecha en que se cumplió el plazo concesional en 2016 hasta el cese de la producción. Las dos resoluciones de Augas de Galicia implican un problema importante para la sociedad gallega y para la propia Administración, que deberán asumir costes que realmente corresponden a quienes han estado explotando. En ambos casos, permanece la presa interrumpiendo el río y alterando gravemente sus valores naturales, pero se le deja a la sociedad pagar esa demolición (cuando en la ley está claro que es la concesionaria quien tiene que reponer el río en su estado anterior a la construcción de la presa).

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